España, multada con tres millones por el retraso en la reforma de la estiba
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Así lo ha comunicado este jueves este tribunal europeo, que señala además que la Comisión Europea considera que España ya ha cumplido la sentencia con el decreto aprobado el pasado mes de mayo.
En consecuencia, Bruselas mantuvo su recurso en cuanto al pago de una cantidad a tanto alzado y al importe de ésta, pero desistió parcialmente de su recurso en lo relativo a la multa coercitiva.
Para el Tribunal, "si bien España ha demostrado su buena fe, en particular cooperando estrechamente con la Comisión durante el procedimiento administrativo previo, el incumplimiento que se le imputa persistió durante un período de tiempo significativo, puesto que transcurrieron 29 meses desde que se dictó la sentencia de 11 de diciembre de 2014 hasta que entró en vigor la nueva normativa por la que se adaptaba la legislación nacional a lo dispuesto en dicha sentencia".
Estima, además, que el incumplimiento debe considerarse grave, puesto que afecta a la libertad de establecimiento, que constituye uno de los principios fundamentales del mercado interior.
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