La CNMV prohíbe las ventas en corto sobre Liberbank durante un mes

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Medidas inmediatas para la protección de Liberbank. La entidad Liberbank es el banco constituido en 2011 mediante un SIP (Sistema Institucional de Protección) por CajasturCaja de Extremadura Caja Cantabria, al que aportaron los activos y pasivos del negocio bancario (es decir, excluidos los afectos a la obra social de cada caja de ahorros).

Liberbank tiene una implantación nacional, siendo líder en los mercados minoristas de AsturiasCantabriaCastilla-La Mancha y Extremadura.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores(CNMV) ha prohibido este lunes de manera inmediata y durante el plazo de un mes las ventas en corto y operaciones similares (posiciones cortas) relacionadas con acciones de Liberbank.

El objetivo es luchar contra la especulación que sufre el banco, cuyos títulos se han hundido en las últimas sesiones -más de un 40% la semana pasada- contagiado por la resolución y venta del Banco Popular (Popular, Banco Popular Español). 

Así lo ha reconocido el propio organismo supervisor en un comunicado difundido este mismo lunes, en el que ha calificado como de "muy probable" la relación entre la evolución de los títulos y la actuación de resolución decidida por la Junta Única de Resolución el pasado 7 de junio con respecto al Popular. Además, la CNMV ha señalado que las caídas y la "alta volatilidad" que han vivido las acciones de Liberbank se han vivido "en un contexto en que no hay informaciones negativas difundidas por la entidad ni pendientes de difundir".

En concreto, la CNMV ha acordado imponer la prohibición de realización por cualquier persona física o jurídica de ventas en corto y de operaciones que creen un instrumento financiero o estén vinculadas a un instrumento financiero, y cuyo efecto o uno de cuyos efectos sea conferir una ventaja financiera a dicha persona física o jurídica en caso de que disminuya el precio o valor de las acciones de Liberbank.

La prohibición se mantendrá por un periodo de un mes, hasta las 23:59 horas del 12 de julio de 2017 inclusive, pudiendo prorrogarse o levantarse antes de dicha fecha.

La Autoridad Europea de Mercados de Valores (ESMA) ha emitido este lunes su opinión en relación con la medida acordada por la CNMV considerando que es "apropiada y proporcionada" y que su duración está justificada, según recoge el mismo comunicado emitido por la Comisión Nancional del Mercado de Valores.

La CNMV ha adoptado la suspensión de las ventas en corto al amparo de lo previsto en el artículo 20 del Reglamento 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, sobre las ventas en corto y determinados aspectos de las permutas de cobertura por impago.
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